El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana han hecho público el informe Migrantes en prisión: La incriminación de migrantes en Méxicodonde se señala que además de la preocupante sujeción de migrantes que atraviesan el territorio mexicano a procesos penales por delitos falsos entre los que figuran el robo, el homicidio, los delitos sexuales o los delitos contra la salud, una agravante es el incumplimiento del deber de garantizar el debido proceso.

Esto se debe a que, una vez detenidas o vinculadas a proceso, las personas migrantes son especialmente vulnerables debido al desconocimiento del sistema de procuración y administración de justicia, en combinación con el hecho de encontrarse en un país distinto al suyo y lejos de sus familiares. Dicha vulnerabilidad se incrementa si la persona pertenece a algún pueblo indígena o afrodescendiente.

Según el informe redactado por ambas instituciones, es muy contradictorio que aunque México impulsó el reconocimiento pleno del derecho de la asistencia consular antes de que la persona extranjera comparezca ante las autoridades, no se ha adoptado una legislación más protectora en la materia.

De esta forma, el informe del Programa de Derechos Humanos de la Ibero y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, AC, comparte varias recomendaciones para detener los abusos contra migrantes y lograr su auténtica protección. La primera de ella es la inmediata comunicación y coordinación entre los distintos gobiernos, estatales y federal, incluyendo sus respectivas dependencias.

En cuanto al Poder Judicial de la Federación y los poderes judiciales de las entidades federativas, recomendaron que se mantengan alertas a la consignación de migrantes, con el fin de ejercer los controles adecuados desde las detenciones y en los procesos penales. Igual de fundamental será que los jueces hagan un estudio minucioso de las averiguaciones previas para, en primer lugar, identificar posibles migrantes.

Así, en el entendido de que el Estado que realiza la detención tiene el deber de conocer la identidad de la persona a la que priva de libertad, es necesario que el Poder Judicial haga un adecuado control de constitucionalidad y convencionalidad; aplique estándares internacionales en combinación con el Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en Casos Que afecten a Personas Migrantes y Sujetas de Protección Internacional y ejerza un control riguroso del acervo probatorio ofrecido por el Ministerio Público.

Todo esto, de realizarse, permitirá proteger la presunción de inocencia y evitar que más migrantes sean criminalizados o acusados de delitos falsos a su paso por México.

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