Por Jorge TRASLOSHEROS │

El Papa Francisco reformó el Derecho canónico para que los procesos de nulidad del sacramento matrimonial sean más amables. Lo hizo por razones de caridad. La reforma causó alborotó, lo que hace necesarias algunas consideraciones.

1.- Nulidad y anulación no son lo mismo. Nulidad es declarar un acto jurídico inexistente desde su origen. Anulación es declarar que si existió, pero que ya no estará vigente. Dos figuras muy socorridas en materia civil que derivan, como tantas cosas, del Derecho canónico.

2.- La Iglesia siempre ha reconocido la existencia y legitimidad de los matrimonios naturales, civiles y religiosos (de cualquier religión), así como los compromisos que implican. Un proceso de nulidad sacramental no desconoce estas realidades, de hecho las confirma. Nadie puede promover nulidad alguna a menos que haya asumido previa y legalmente sus responsabilidades con la pareja y los hijos. Lo que dirime es la inexistencia del sacramento, no del matrimonio natural o civil.

3.- La vida está llena de misterios, es decir, de asuntos que no comprendemos del todo y nunca acabaremos de resolver, en especial cuando nuestra humanidad se involucra. Nunca podremos definir lo que es el amor y, sin embargo, es un misterio ante el cual la razón siempre pregunta e intenta responder. Si olvidamos su horizonte mistérico, también extraviamos el amor. El misterio reta a nuestra razón y la pone en movimiento; es la fuerza que libera nuestro pensamiento de las cadenas de lo inmediato e instintivo.

4.- Los dogmas no son la cárcel del pensamiento. Son los misterios más importantes que Dios ha puesto frente a nosotros y que ensanchan los horizontes de nuestra razón. Así, ante los constantes intentos por trivializar el matrimonio a lo largo de la historia, Jesús reta a nuestra razón para volver sobre el misterio que implica la relación de amor entre un hombre y una mujer.

5.- Cuando Jesús estableció la indisolubilidad matrimonial, de ninguna manera nos encerró en una cárcel, sino que abrió las puertas de nuestra humanidad al misterio, para ir más allá de las circunstancias naturales y jurídicas que, por definición, son campos cerrados. No somos simples individuos autodeterminados, sino personas que trascendemos nuestra individualidad al entrar en relación con otras personas, la sociedad, la historia y con Dios.

6.- Cristo, al declarar el matrimonio como indisoluble, nos retó a entender la profundidad de nuestra libertad cuando se realiza en el amor al prójimo, porque la relación hombre-mujer contiene toda nuestra libertad, capacidad de donación e incondicionalidad. Jesús, en el misterio del matrimonio, nos liberó así del estrecho mundo en que nos encierra Narciso, como del pesado fardo de usar a nuestra pareja como instrumento al servicio de nuestro egoísmo.

7.- La Iglesia, por fidelidad a Cristo, desde la época apostólica ha reconocido el matrimonio como sacramento indisoluble; pero también nuestra falible humanidad que Jesús mira con misericordia. Por estas razones, siempre ha abierto la puerta al reconocimiento de la posible inexistencia del sacramento por problemas en el origen, principalmente la ausencia de libertad y voluntad entre los contrayentes. Los instrumentos para discernir tan delicado asunto han sido espirituales, canónicos (jurídicos) y judiciales, cuya adaptabilidad a diferentes circunstancias culturales tengo el placer de investigar como historiador. Puedo afirmar, sin dudar, que la reforma promovida por Francisco es un paso necesario en esta larga historia impulsada por el misterio que reta y la misericordia que abraza.

jorge.traslosheros@cisav.org
Twitter:
@jtraslos

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