Después de tres décadas de vigencia de la Convención de los Derechos del Niño, hay muchos de sus artículos que no se están aplicando. Ya decía Benedicto XVI en su mensaje para la Jornada Mundial del Emigrante del año 2010: «Si la Convención de los Derechos del Niño afirma con claridad que hay que salvaguardar siempre el interés del menor (cf. art. 3), al cual hay que reconocer los derechos fundamentales de la persona de la misma manera que se reconocen al adulto, lamentablemente en la realidad esto no siempre sucede». Aquí hay un breve análisis actual de lo señalado por el Papa alemán: la falta de cumplimiento de bastantes artículos de la Convención:

Artículo 3. «En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño».

En 2010, en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que «los matrimonios entre personas del mismo sexo tienen el derecho de ser considerados para adoptar».

Ese mismo privilegio lo han declarado los tribunales de muchos países, a pesar de no existe en ninguna jurisdicción el «derecho» de los matrimonios heterosexuales a adoptar niños. Es decir, las leyes han convertido a los infantes en materia para satisfacer caprichos.

Como el interés superior de los niños es lo que debe regir, si carecen de familia lo que sí existe es el derecho de ellos a ser adoptados para poder tener un papá y una mamá. Así hablan quienes, hoy adultos, fueron criados por dos «mamás» o dos «papás»:

«Yo soy hijo de madres lesbianas. Éste fue mi drama. Conceder a una pareja gay el poder casarse para que juntos sean felices no es razón suficiente para impedir a un niño tener una madre y un padre y decirle que debe ser feliz sin ellos» (Robert Óscar López). «Soy la hija de un padre gay… Las madres y padres aportan dones únicos y complementarios a los hijos… Sus diferencias ofrecen a los hijos beneficios que no pueden ser duplicados por los padres ‘legales’ del mismo sexo» (Dawn Stefanowicz).

Se denuncia que en Noruega las agencias de protección infantil quitan niños a familias migrantes procedentes de Lituania, y los dan en adopción a parejas homosexuales. Algo similiar ocurre en el Reino Unido, donde hasta 2015 ya iban más de 22 mil infantes separados de sus madres.

Artículo 6. «Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida…».

La imposición mundial, por parte de la ONU y otros organismos internacionales, del falso derecho al aborto, ha ocasionado que esta práctica se convierta en la primera causa de muerte a nivel palnetario. Por ejemplo, tomando en cuenta sólo las cifras del año pasado, fueron asesinados antes de su nacimiento 41 millones de niños, mientras que el total de personas muertas en 2018 por cáncer fue de 8.2 millones, 5 millones por causas relacionadas con el tabaquismo, y 1.7 millones por SIDA.

Artículo 6. «… Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño».

Artículo 23. «Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena…».

Cada año, en Gran Bretaña, Italia, Alemania, Francia, Suiza, Inglaterra y Bélgica el 90% de los niños con síndrome de Down son eliminados mediante el aborto legal. El porcentaje de los asesinatos de los niños Down en el seno de sus madres es del 95% en España, el 98% en Dinamarca y el 100% en Islandia. En América, Estados Unidos elimina por esta vía al 67%.

Para el caso de otros niños que sí han nacido pero que posteriormente han enfermado de gravedad, algunas autoridades los condenan a muerte impidiendo legalmente que sus padres los trasladen a otros hospitales o países a fin de que reciban algún tratamiento. Para muestra, estos casos en Inglaterra: el bebé Charlie Gard, condenado en 2017 por los tribunales, en «interés superior del niño», a que no se le diera tratamiento para que se muriera; Alfie Evans, condenado por un juez a morir de inanición en 2018; y la niña de 5 años Tafida Raqeeb, igualmente sentenciada judicialmente a la muerte pero cuyos padres finalmente ganaron la batalla legal.

Artículo 14. «Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión….».

Un polémico informe emitido en 2016 por el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño señala su «preocupación» por los niños que son llevados por sus padres a centros de culto. Considera que llevarlos a una iglesia «vulnera sus derechos humanos», pues alega la ONU que la asistencia a los centros religiosos debe ser una decisión del menor y no de los padres. El Comité llama a los gobiernos a conducir a los infantes a que actúen con independencia de sus padres.

El gobierno de China es el único que ha obedecido fielmente a la ONU: a partir de agosto de 2017 el gobierno prohíbe que los niños asistan a los servicios religiosos cristianos, y a partir de noviembre de 2019 también prohíbe el Bautismo, lo cual impedirá que los padres católicos introduzcan a sus hijos desde pequeños en la vida activa y visible de la Iglesia.

Artículo 17. «Los Estados Partes… velarán por que el niño tenga acceso a … la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental. Con tal objeto, … alentarán la producción y difusión de libros para niños…».

Hoy casi todos los gobiernos del mundo les dan a los niños en las escuelas libros donde se les enseña la inmoralidad sexual desde tierna edad: ideología de género, masturbación, anticoncepción, aborto, etc.

En 2015 la cristiana británica Sarah Mbuyi, profesora de una guardería, fue despedida de su empleo porque se le quiso obligar a que les leyera cuentos gays a los pequeños y ella se negó a hacerlo para no corromperlos.

Artículo 5. «Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres…».

Artículo 7. «El niño … tendrá derecho…, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos».

Artículo 9. «Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto… en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido…».

Según el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es derecho de los padres «escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos». Sin embargo, cada vez más países están violando este derecho y, con ello, los derechos de los niños:

En Holanda se multa a los padres de familia que impiden que en las escuelas públicas sus hijos sean adoctrinados en los ritos y la fe islámicos. Es que, según las actuales leyes holandesas, el niño tiene el «derecho» a recibir una educación por encima de las objeciones de conciencia de sus papás.

En Noruega, bajo cualquier pretexto, el gobierno separa de sus padres a un gran número de niños de familias de origen extranjero. Por ejemplo, a la familia Bodnariu, de fe cristiana protestante, con padre rumano y madre noruega, le quitaron a sus cinco hijos bajo el argumento de que la abuela les enseñó que Dios castiga el pecado, y, según las autoridades, eso es algo que podría «molestar el desarrollo» de los niños.

Los casos más comunes a nivel mundial de separación de padres e hijos se debe al sistema de «escuela en casa» (homeschooling), por el que cada vez más familias optan para resguardar a sus hijos de ideologías perversas promovidas hasta por las diversas oficinas de la ONU, como la UNICEF, que invita a enseñarles la homosexualidad como parte de los «intereses mayores de los niños», lo mismo que el aborto y la masturbación, incluso desde edad preescolar.

En Alemania es donde más se ha separado a las familias a causa del homeschooling; otras veces se multa a los padres o se les mete a la cárcel. Casi todos los países de la Unión Europea realizan esta práctica; pero Polonia ha dado ejemplo de humanidad al conceder en julio de 2019 asilo al ruso Christian Denis Lisov, que había migrado con sus tres hijas a Suecia, lugar donde el gobierno se las quitó y las puso en un hogar adoptivo musulmán, siendo que son cristianos; pero Lisov y sus hijas lograron escapar.

Artículo 35. «Los Estados Partes tomarán todas las medidas… necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma».

Gran Bretaña padece una verdadera epidemia de tráfico de niños. Por ejemplo, al menos diez mil infantes tutelados por el Estado desparecieron en 2017, y todo apunta a que fueron entregados a la red de trata de grupos pedófilos.

Por otro lado, las organizaciones abortistas comercian con los cuerpos de los bebés. David Daleiden, quien participó de incógnito en una reunión de alto nivel de la empresa abortista Planned Parenthood, denuncia que muchos son dados a luz intencionalmente vivos para retirarles órganos en estado viable, en particular el hígado.

Artículo 34. «Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales…».

En 2018 Peter Newell, que era nada menos que Consultor de Naciones Unidas para los Derechos de los Niños, y considerado como autoridad mundial en la materia, fue condenado por agresión sexual y sodomía ejercida durante tres años sobre un niño.

Acababa de ocurrir lo anterior cuando Justin Forsyth, subdirector de UNICEF, tuvo que renunciar cuando salió a la luz su historial de acoso sexual de cuando era presidente de la organización benéfica Save the Children UK.

En 2019 Andrew Macleod, ex funcionario de alto nivel de Naciones Unidas, entregó al Departamento de Desarrollo Internacional (DFID), de Gran Bretaña, pruebas de que la ONU ha empleado a por lo menos 3 mil 300 pedófilos, los cuales son responsables de la violación de 60 mil niños en los últimos diez años.

Macleod denuncia que «hay decenas de miles de trabajadores humanitarios en todo el mundo con tendencias pedófilas; pero si llevas una camiseta de UNICEF, nadie te preguntará en qué andas. Tienes la impunidad de hacer lo que quieras».

En cuanto a los países donde hay mayoría musulmana o hindú, muchos tienen legislaciones que permiten obligar a niños de tierna edad a contraer matrimonio con adultos.

En Holanda en 2006 se legalizó un partido pedófilo (Partido de la Caridad, la Libertad y la Diversidad); pero el activismo de la pedofilia, que busca que desaparezca a nivel mundial la edad de consentimiento para mantener relaciones sexuales con un menor, también está en Dinamarca, Gran Bretaña, Alemania, Estados Unidos y Francia. En esta última nación su actual presidente, Emmanuel Macron, ya votó en contra de establecer una edad de consentimiento en su país, cediendo así a la presión de la red internacional de pedofilia, de manera que hoy en Francia ningún adulto es procesado por tener sexo con un menor.

TEMA DE LA SEMANA: LOS DERECHOS DEL NIÑO, ¿SIGUEN VIGENTES?

Publicado en la edición impresa de El Observador del 17 de noviembre de 2019 No.1271

Por favor, síguenos y comparte: