Por P. Juan Martín Vega González

La Iglesia quiere llegar a las familias con humilde comprensión, y su deseo es acompañar a cada una y a todas las familias para que puedan descubrir la mejor manera de superar las dificultades que se encuentran en su camino, esto requiere un esfuerzo evangelizador y catequético dirigido a la familia, una conversión pastoral y misionera de toda la Iglesia (cf. Francisco. Exhor. Ap. Evangelii gaudium [24 noviembre 2013], 27: AAS 105 2013): es necesario no quedarse en un anuncio meramente teórico y desvinculado de los problemas reales de las personas. La pastoral familiar debe hacer experimentar que el Evangelio de la familia responde a las expectativas más profundas de la persona humana: a su dignidad y a la realización plena en la reciprocidad, en la comunión y en la fecundidad. No se trata solamente de presentar una normativa, sino de proponer valores, respondiendo a la necesidad que se constata hoy, incluso en los ambientes más secularizados, de tales valores. (cf. Francisco. Exhor. ap. Amoris laetitia, [19 de marzo 2016], 200-201: AAS 108, 2017).

El canon 1065 § 1. Establece:

Los católicos aún no confirmados deben recibir el sacramento de la confirmación antes de ser admitidos al matrimonio, si ello es posible sin dificultad grave.

Según esta norma se urge que los contrayentes estén confirmados, pero no de forma absoluta; tan sólo si ello es posible sin dificultad grave (gravi incommodo), respetando así el ius connubii, como uno de los derechos fundamentales de cada persona. (cf. canon 219 y 1058).

La situación de muchos hermanos (unión libre) debe ser entendida como ‘dificultad grave’ para la recepción del sacramento de Confirmación, por lo ya enseñado en el Catecismo de la Iglesia Católica n. 1310:

Para recibir la Confirmación es preciso hallarse en estado de gracia. Conviene recurrir al sacramento de la Penitencia para ser purificado en atención al don del Espíritu Santo. Hay que prepararse con una oración más intensa para recibir con docilidad y disponibilidad la fuerza y las gracias del Espíritu Santo (Hch 1,14).

Está claro que todo bautizado deberá procurarse la recepción del sacramento de la Confirmación, con la adecuada preparación, pero la situación especial de las parejas en unión libre dificulta su recepción, de modo que No debe postergarse la celebración del sacramento del Matrimonio, para quienes ya viven juntos por la falta de la Confirmación en alguno de los contrayentes.

Recordando lo enseñado por el santo padre el Papa Francisco: La elección del vivir en unión libre, frecuentemente No está movida por el rechazo de los valores de la familia o por prejuicios o resistencias a la unión sacramental sino por diversas situaciones complejas en las que viven muchos hermanos que dificultad acceder al Sacramento (cf. Francisco. Exhor. ap. Amoris laetitia, [19 de marzo 2016], 294: AAS 108, 2017). La Iglesia consciente de la fragilidad de muchos de sus hijos, mira con amor a quienes participan en su vida de modo incompleto, reconociendo que la gracia de Dios también obra en sus vidas, dándoles la valentía para hacer el bien, para hacerse cargo con amor el uno del otro. La Iglesia debe acompañar con atención y cuidado a sus hijos frágiles. (III Asamblea General Extraordinaria del sínodo de los obispos, Relatio synodi [18 de octubre 2014], 24-25).

En esta línea, san Juan Pablo II proponía la llamada ‘ley de gradualidad’ con la conciencia de que el ser humano conoce, ama y realiza el bien moral según diversas etapas de crecimiento. No es una ‘gradualidad de la ley’, sino una gradualidad en el ejercicio prudencial de los actos libres en sujetos que no están en condiciones sea de comprender, de valorar o de practicar plenamente las exigencias objetivas de la ley. Porque la ley es también don de Dios que indica el camino, don para todos sin excepción que se puede vivir con la fuerza de la gracia, aunque cada ser humano avanza gradualmente con la progresiva integración de los dones de Dios y de las exigencias de su amor definitivo y absoluto en toda la vida personal y social (cf. Juan Pablo II, Exhort. ap. Familiaris consortio [22 noviembre 1981], 9 y 34: AAS 74 1982).

El santo Padre el papa Francisco ha mencionado en diversas intervenciones las situaciones de fragilidad o imperfección en los hogares cristianos, invitándonos a desarrollar nuevos caminos pastorales: Dos lógicas recorren toda la historia de la Iglesia: marginar y reintegrar […] El camino de la Iglesia, desde el concilio de Jerusalén en adelante, es siempre el camino de Jesús, el de la misericordia y de la integración […] El camino de la Iglesia es el de no condenar a nadie para siempre y difundir la misericordia de Dios a todas las personas que la piden con corazón sincero […] Porque la caridad verdadera siempre es inmerecida, incondicional y gratuita. (cf. Papa Francisco, Homilía en la Eucaristía con los nuevos cardenales [15 de febrero 2015]: AAS 107 2015, 257). Entonces, hay que evitar los juicios que no toman en cuenta la complejidad de las diversas situaciones, y hay que estar atentos al modo en que las personas viven y sufren a causa de su condición (XIV Asamblea General ordinaria del sínodo de los obispos, Relación final [24 octubre 2015], 3).

 

Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 31 de marzo de 2024 No. 1499

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