Redacción

Hoy, 5 de julio, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha hecho público el decreto de excomunión de Mons. Carlo Maria Viganò por el delito reservado de cisma. La gravedad de las declaraciones hechas por el prelado llevó a que la excomunión se efectuara ipso facto desde el momento de su realización. En consecuencia, la Iglesia no impuso esta sentencia de manera arbitraria, sino que, siguiendo el debido proceso canónico, convocó a Viganò para su defensa.

Como es bien sabido, el pasado 21 de junio fue el propio prelado quien divulgó el decreto por el que se le citaba en Roma para responder a las acusaciones, dándole de plazo hasta el 28 de junio para designar un abogado que le representara o enviar un escrito de defensa. Como esto no ocurrió, se le asignó un abogado de oficio que llevó a cabo la defensa de Viganò según las normas del derecho.

En varias ocasiones en los últimos años, el ex nuncio en EE.UU. había declarado que no reconocía la legitimidad del Papa y del último Concilio. Se incurre en excomunión latae sententiae por el hecho mismo de haber cometido el delito. Al excomulgado se le prohíbe celebrar la Misa y los demás sacramentos; recibir los sacramentos; administrar los sacramentales; y celebrar las demás ceremonias del culto litúrgico; tomar parte activa en las celebraciones mencionadas; ejercer cargos o ministerios o funciones eclesiásticas; realizar actos de gobierno. El sentido de la excomunión, sin embargo, es que se trata de un castigo medicinal que invita al arrepentimiento, por lo que siempre se espera la vuelta de la persona a la comunión.

A continuación el comunicado de Prensa de la Santa Sede:

En la fecha del 4 de julio de 2024, el Congreso del Dicasterio para la Doctrina de la Fe se reunió para concluir el Proceso penal extrajudicial ex can. 1720 CIC contra S.E.R. Mons. Carlo Maria VIGANÓ, Arzobispo titular de Ulpiana, acusado del delito reservado de cisma (cann. 751 y 1364 CIC; art. 2 SST).

Son conocidas sus declaraciones públicas de las cuales resulta el rechazo de reconocer y someterse al Sumo Pontífice, de la comunión con los miembros de la Iglesia sujetos a él, y de la legitimidad y autoridad magisterial del Concilio Ecuménico Vaticano II.

Al término del proceso penal, S.E.R. Mons. Carlo Maria Viganò fue reconocido culpable del delito reservado de cisma.

El Dicasterio ha declarado la excomunión latae sententiae ex can. 1364 § 1 CIC.

La remoción de la censura en estos casos está reservada a la Sede Apostólica.

Esta decisión fue comunicada a S.E.R. Mons. Viganò en fecha del 5 de julio de 2024.

Con información de Vatican News.

 

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