En el Año Jubilar se abre de par en par la Puerta Santa, es un llamado a vivir la experiencia del amor de Dios. El 2025 también es un llamado a vivir cristianamente la esperanza, una virtud para redescubrir los signos de los tiempos. Es también un anhelo del corazón humano y bajo este contexto surge la “Indulgencia”, donde el Papa Francisco declara que el don de la Indulgencia “permite descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios. No sin razón en la antigüedad el término «misericordia» era intercambiable con el de «indulgencia», precisamente porque pretende expresar la plenitud del perdón de Dios que no conoce límites”. Por lo tanto, es una gracia jubilar. ¿Cómo puede el cristiano católico obtener dicha gracia? ¿Cómo se hace uso de la Indulgencia? Aquí te lo vamos a explicar:
¿Cómo debo prepararme para obtener la Indulgencia Jubilar?
- El fiel debe encontrarse en estado de gracia.
- La Indulgencia solo puede obtenerse una vez al día.
- Debe existir un desapego total al pecado mortal y venial.
- Haber confesado sacramentalmente los pecados.
- Recibir el sacramento de la Eucaristía, luego de participar en Misa.
- Orar por la intención del Romano Pontífice.
- Hacer una obra de misericordia, una oración por el prójimo.
- La indulgencia es aplicable a la persona individual o a las almas de los difuntos.
- La indulgencia no es aplicable a otra persona viva en la tierra.
1.La Indulgencia pretende motivar los ánimos de los fieles para desear y alimentar el propio deseo de obtenerla como don de gracia.
2.Todos los fieles verdaderamente arrepentidos, excluyendo todo afecto al pecado y movidos por espíritu de caridad y que, en el curso del Año Santo, purificados a través del sacramento de la penitencia y alimentados por la Santa Comunión, oren por las intenciones del sumo pontífice, podrán conseguir la Indulgencia remisión y perdón de sus pecados, pudiéndose aplicar a las almas del Purgatorio en forma de sufragio.
3.Los fieles, peregrinos de esperanza, podrán conseguir la Indulgencia Jubilar concedida por el Santo Padre si emprenden una peregrinación hacia cualquier lugar sagrado jubilar, participando devotamente en la Santa Misa.
4.Los peregrinos podrán obtener la Indulgencia si participan en misa, en ritual para conferir los sacramentos de iniciación cristiana o la Unción de los enfermos; en la celebración de la Palabra de Dios; en la Liturgia de las Horas (oficio de lecturas, laudes, vísperas); en el Vía Crucis; en el Rosario mariano; en el himno del Akathistos; en una celebración penitencial, que concluya con la confesión individual de los penitentes, como está establecido en el rito de la Penitencia.
5.Los fieles podrán conseguir la Indulgencia jubilar si, individualmente o en grupo, visitarán devotamente cualquier lugar jubilar. En Roma, en al menos una de las cuatro Basílicas Papales Mayores de San Pedro en el Vaticano: del Santísimo Salvador en el Laterano, de Santa María la Mayor, de San Pablo Extramuros. En Tierra Santa, en al menos una de las tres Basílicas: del Santo Sepulcro en Jerusalén, de la Natividad en Belén, de la Anunciación en Nazaret.
6.Los fieles podrán conseguir la Indulgencia jubilar si, con ánimo devoto, participan en las Misiones populares, en ejercicios espirituales u otros encuentros de formación sobre los textos del Concilio Vaticano II y del Catecismo de la Iglesia Católica, que se realicen en una iglesia u otro lugar adecuado, según la intención del Santo Padre.
7.Los fieles podrán conseguir la Indulgencia jubilar si se dirigen a visitar por un tiempo adecuado a los hermanos que se encuentran en necesidad o en dificultad (enfermos, encarcelados, ancianos en soledad, personas con capacidades diferentes…), como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos.
8.La Indulgencia plenaria jubilar podrá ser conseguida también mediante iniciativas que ayuden en modo concreto y generoso al espíritu penitencial que es como el alma del Jubileo, redescubriendo en particular el valor penitencial del viernes: absteniéndose, en espíritu de penitencia, al menos durante un día de distracciones banales.
9.Se podrá obtener la Indulgencia plenaria ayunando o practicando la abstinencia según las normas generales de la Iglesia y las especificaciones de los Obispos, así como otorgando una proporcionada suma de dinero a los pobres; sosteniendo obras de carácter religioso o social, especialmente en favor de la defensa y protección de la vida en cada etapa y de la calidad de esta, de la infancia abandonada, de la juventud en dificultad, de los ancianos necesitados o solos, de los migrantes.
- Los fieles podrán repetir tales visitas, el número de veces que así lo deseen, en el transcurso del Año Santo para obtener en cada una de ellas la Indulgencia plenaria, la remisión ante Dios.
Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 22 de septiembre de 2024 No. 1524