RECORDAR PARA NO REPETIR: A CIEN AÑOS DE LA CRISTIADA

Por Tomás de Híjar Ornelas

Planteamiento de un agudo problema

Si entre las concesiones que para sostener la evangelización del Nuevo Mundo otorgó el Papa al monarca de Castilla en el siglo XVI, una fue el privilegio de presentarle candidatos a ceñir la mitra en las diócesis de Hispanoamérica y las otras fueron solicitarle la creación de nuevas diócesis y la de tener a su Consejo de Indias como un filtro sin el cual no se podían fundar conventos y obras piadosas, y aun para tomar medidas tan radicales como lo fue en 1767 la supresión de la Compañía de Jesús y el destierro con violencia a sus seis mil religiosos en 1767, ya en la recta final del siglo XVIII los asesores jurídicos del rey —eclesiásticos algunos de ellos—, aspiraron a elevar al rango de ‘derecho’ la pretensión jurídica ahora denominada regalismo, brote nacido del surco que apaciguó en Europa los conflictos religiosos entre católicos y protestantes, los tratados de paz de Augsburgo (1555) y de Westfalia (1648), según los cuales “la confesión del príncipe es la confesión del pueblo”.

La Santa Sede y el anticlericalismo jurídico mexicano en el siglo XIX

De los dominios en América del trono español, la perla negra fue siempre el virreinato de la Nueva España. Por tanto, a nadie extrañe que la Sede Apostólica a partir de 1821, se resistiera a pactar luego de la independencia de México, con los gobiernos civiles que sobrevinieron sus deseos de ejercer control sobre las decisiones pontificias al modo del antiguo régimen, con lo cual se granjeó la malquerencia de un gobierno que en materia de libertad religiosa en 1926 estuvo a un paso de alcanzar lo que la república de Albania, bajo el mandato del gobierno comunista de Enver Hoxha, impuso 40 años después, al declararse el primer estado oficialmente ateo del mundo y facultado con ello a prohibir las prácticas religiosas, destruir los templos y lugares, como en Tabasco lo hizo el gobernador Tomás Garrido Canabal.

La chispa de la guerra cristera

Ahora bien, que al cabo de un siglo podamos considerar el decreto episcopal que dispuso la suspensión del culto público en todos los templos del país el mismo día en que entrara en vigor la Ley Calles, nos obliga lo mismo a colocarnos ante dos capítulos a cual más de sórdido: el de un gobierno civil mexicano que bajo el ardid de sofocar a los cristeros ejerció con absoluta impunidad actos de violencia suprema contra de la población inerme, y el de un gobierno eclesiástico que creyó a pie juntillas que el Papa, por conducto de su Secretaría de Estado, esperaba de ellos avalar tal medida —la que provocó la guerra cristera—, pues hasta el día de hoy el pueblo repite que fue el gobierno civil, no el eclesiástico, quien “cerró” —prohibió administrar los sacramentos en— los templos.

Un arzobispo incapaz y tres jesuitas más que inquietos

De las investigaciones al respecto con los materiales de archivo ya disponibles, Paolo Valvo y Jean Meyer subrayan dos: la incapacidad del arzobispo primado de México, don José Mora del Río, para encabezar a sus correligionarios, las acciones que ante el Papa interpusieron los tres obispos radicales apostados en Roma sólo para alcanzar ese propósito y en idéntico número, las diligencias de jesuitas mexicanos ante los demás mitrados del país. Y que la gran mayoría de los obispos mexicanos —25 de 30— no menos que el Secretario de Estado de la Santa Sede, cardenal Pietro Gasparri, canonista supremo, no avalaban la suspensión del culto por considerarla más que provocadora, pero que si oficialmente sí lo hicieron fue bajo la presión moral doble de los obispos que convencieron al Papa Pío XI a avalar como un mal menor necesario la suspensión por tiempo indefinido el culto en un país de abrumadora mayoría católica, a fin de despertar en el pueblo reacciones de repudio suficientes para obligar al gobierno civil a derogar la legislación anticlerical, y el desmedido protagonismo de los tres jesuitas mexicanos, presbíteros todos, Alfredo Méndez Medina, Mariano Cuevas y Rafael Martínez del Campo, que se sumaron a tal propósito.

 

Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 3 de mayo de 2026 No. 1608