Por Arturo Maximiliano García
Existen dos principales figuras en las que podemos clasificar el lugar donde se encuentra nuestra vivienda: uno es el fraccionamiento y otro es el condominio. Existe una diferencia importante en cuanto a los derechos y obligaciones que tiene una persona dependiendo bajo cuál de estas figuras esté comprendida su propiedad, por lo que es indispensable conocerlos.na de las inversiones más importantes es la de comprar nuestra casa, no sólo por lo que representa en términos de valor, sino porque será el lugar donde haremos nuestra vida cotidiana, con los vecinos que conviviremos regularmente y en algunos casos bajo las reglas a que estaremos sujetos como propietarios o poseedores.
Muchas veces no se sabe de estas diferencias y es hasta que ya compramos y vivimos en el lugar que empezamos a entenderlas. Ninguna figura es mejor que la otra, es simplemente que sus características pueden ser más conveniente para algunos.
-La propiedad común en el condominio. No te asustes, si compras en un condominio: tu eres el dueño absoluto de tu departamento o casa, es la propiedad privativa que puedes rentar o vender sin restricciones, aunque compartes áreas comunes que son propiedad de todos los condóminos, mismas que deberán conservarse en las mejores condiciones para disfrute de todos los propietarios comunes.
-Asociación de colonos y asociación de condóminos. La asociación de colonos tiene como principal objetivo participar ante las autoridades en la conservación de los equipamientos, espacios abiertos, áreas verdes, compatibilidad de usos de suelo e imagen urbana del fraccionamiento, mientras que la de condóminos principalmente administrará o contratará, a través de una persona nombrada para tal efecto, los servicios relacionados con los bienes comunes, encargándose además de ejercer el reglamento.
-Servicios. Los servicios de un fraccionamiento, como limpia y alumbrado, son proporcionados por el desarrollador hasta que haya entregado formalmente estos mismos al municipio, quien los dará a partir de ese momento. En el caso de los condominios, salvo excepciones, será la administración del condominio quien otorgará los servicios no individualizados de uso común.
-Reglamento condominal. Incluye las reglas bajo las cuales vivirán los condóminos con respecto a las áreas comunes, en algunos casos llegando hasta las actividades que hagas en tu propia casa o departamento, como color de fachadas, horarios de fiestas o niveles de ruido. El reglamento se te debe hacer de conocimiento previo y obligatoriamente cuando firmas la escritura, pero es importante que lo solicites cuando estás por decidir si comprar ahí. Por otro lado, en el fraccionamiento las reglas son las leyes que nos rigen a todos los ciudadanos.
–Cuota condominal. La conservación de las áreas comunes, así como de otros servicios, como el de seguridad y administración en general, tienen un costo, el cual es dividido entre todos los propietarios del condominio, lo que normalmente se paga mensualmente vía una cuota fija, que puede ser aumentada si así lo decide la asamblea, incluyendo la posibilidad de cuotas extraordinarias aprobadas ante esta última. En caso de que quieras vender tu propiedad debes estar al corriente de esos pagos. En los fraccionamientos no existe esta cuota como tal.
–Seguridad. Al ser un lugar cerrado y de acceso exclusivo para los propietarios o sus invitados, se cree que los condóminos tienen una ventaja en relación a la seguridad con aquellas viviendas que están en el esquema de fraccionamiento.
Publicado en la edición impresa de El Observador del 9 de septiembre de 2018 No.1209