El Papa Francisco confirma Vos estis lux mundi, el procedimiento contra los abusos. El nuevo texto entra en vigor el 30 de abril, y deroga la versión de mayo de 2019.
Después de casi cuatro años de experimentación, tras haber consultado a los episcopados y a los dicasterios de la Curia Romana, el Papa Francisco ha promulgado definitivamente los procedimientos para prevenir y combatir el fenómeno de los abusos sexuales en el seno de la Iglesia católica.
El 26 de marzo se ha publicó la nueva versión del motu proprio Vos estis lux mundi de actos sexuales con un menor o una persona vulnerable”, en la nueva versión se habla de “delito contra el VI mandamiento del decálogo cometido con un menor o con una persona que tenga habitualmente un uso imperfecto de la razón o con un adulto vulnerable”.
Otra modificación se refiere a la protección de quien presenta la señalación de un presunto abuso: mientras antes se afirmaba que a aquel que señala no puede ser impuesto ningún vínculo de silencio, ahora se añade que esta protección debe extenderse, además de a quien realiza una señalación, también a “la persona que afirma ser ofendida y a los testigos”.
También se refuerza la parte en la que se pide salvaguardar “la legítima protección del buen nombre y de la esfera privada de todas las personas implicadas”, así como la presunción de inocencia para quien es investigado en espera de que sean determinadas sus responsabilidades.
En la nueva versión de Vos estis lux mundi también se especifica que las diócesis y las eparquías deben dotarse de “organismos y oficinas”fácilmente accesibles al público para recibir las señalaciones de abusos.
Como se recordará, los procedimientos introducidos en el 2019 establecen de modo preciso cómo comportarse frente a las señalaciones de casos de abuso y aseguran que obispos y superiores religiosos – ahora también los laicos al frente de asociaciones internacionales – rindan cuentas de su actuación y estén obligados a señalar los abusos de los que hayan tenido conocimiento.
El documento incluía y sigue incluyendo no sólo las molestias y las violencias contra menores y adultos vulnerables, sino que también se refiere a la violencia sexual y a las molestias derivadas del abuso de autoridad. Por lo tanto, esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de molestias a seminaristas o novicios mayores de edad.
Con información de Vatican News
Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 9 de abril de 2023 No. 1448