31 AÑOS DE EL OBSERVADOR Y 100 DE LA CRISTIADA

Por Rafael Estrada Michel, director de la revista Tiempo de Derechos

Extraemos diez párrafos de la conferencia magistral con la que conmemoramos los 100 años del inicio de La Cristiada y los 31 de El Observador, impartida extraordinariamente por el doctor Rafael Estrada Michel.

❶. [Empezando por la forma en que fue] ejecutado el ilustrísimo jesuita zacatecano Miguel Agustín Pro: ¡sin proceso! Vaya, sin el menor simulacro de juicio. Con una resolución de suspensión de amparo que —tristemente sabemos que la suspensión del juicio de amparo es hoy motivo de mofa en nuestro país y ya nadie la cree— está prácticamente prohibida por la Ley de Amparo desde hace un par de años.

❷. Es verdaderamente indignante que no reivindiquemos con firmeza todas las arbitrariedades que se han cometido y se siguen cometiendo contra el debido proceso. Desaparecían personas. Hoy conocemos la realidad del rancho Izaguirre, la tolerancia imperante y la entrega que hacen las policías municipales de periodistas, defensores de derechos humanos y sacerdotes al crimen organizado.

❸. Todo esto deriva de que nunca nos hemos tomado en serio —ya no digamos la Constitución, que sería lo de menos— el debido procesamiento de las causas, en especial de las penales. Fusilamos arteramente y sin miramientos, por ejemplo, al heroico Padre Pro, a quien nunca se le probó participación alguna en el atentado contra el presidente Obregón en el que estuvo involucrado su hermano Humberto.

❹. Sin comprender por qué estos personajes —que solo exigían lo justo, como el general Gorostieta o el famoso 14— y sus huestes defendían una libertad tan fundamental como la religiosa, tenían que terminar fusilados. Que conste que les advertí que, como descendiente de cristeros, no iba a ser del todo objetivo. Quizá me esté apasionando un poco, pero creo firmemente en lo que digo.

❺. El año 1992 es particularmente relevante. Creo que Carlos Salinas de Gortari entendió bien el momento, al igual que monseñor Prigione. Quienes recuerden aquellos años sabrán que de La Cristiada prácticamente no se hablaba. Salvo que existiera un vínculo familiar directo con el movimiento cristero, la gente sabía muy poco o de plano el tema era tabú.

❻. Recuerdo que a la casa de mis abuelos llegaba una publicación preciosa de los Misioneros Combonianos cuando yo era niño: Campanas de Gloria, Serafín. Serafín era un pequeño monaguillo de una iglesia —me parece que en Guanajuato— durante la persecución religiosa. La revista narraba sus vivencias en tiempos de culto suspendido y, al final —sin afán de arruinar el desenlace—, relataba su martirio. Era una novela verdaderamente hermosa.

❼. Quiero llamar a la reflexión sobre un ámbito fundamental de la libertad religiosa que hoy debe preocuparnos a todos: la objeción de conciencia. Esta debe interpretarse bajo el principio pro persona; no hay de otra. Aquí no cabe el argumento de “te estás metiendo con las preferencias sexuales”, “con el derecho humano a la interrupción del embarazo” o “con el derecho a una muerte digna”, impidiendo hablar del tema. Ya ni hablemos desde el púlpito; simplemente no se puede hablar. Ahí están las sanciones verdaderamente ridículas y grotescas impuestas a su eminencia el cardenal Carlos Aguiar Retes, arzobispo de México, por parte del Tribunal Electoral.

❽. Pero ¿qué nos sorprende? La verdad es que pecaríamos de ingenuos. ¿Por qué habría de sorprendernos la absurda y ridícula sentencia en materia de sobrerrepresentación que le otorgó al oficialismo una supermayoría en la Cámara de Diputados, si fueron esos mismos magistrados —sometidos al régimen desde la Sala Superior del Tribunal Electoral— quienes la avalaron? Contravinieron el principio pro persona, argumentaron una supuesta promoción de candidaturas por parte de los altos jerarcas de la Iglesia católica y, al mismo tiempo, permitieron la existencia de un partido político comandado por ministros de un culto evangélico. Una aplicación del pro persona a conveniencia, dependiendo de si la Iglesia en cuestión les cae bien o no. En términos jurídicos esto es inadmisible. Claro que en términos políticos hacen eso y más; pero la objeción de conciencia debe ser, hoy por hoy, absolutamente respetada. Eso es lo que honraría la memoria de Anacleto González Flores o de Miguel Agustín Pro.

❾. ¡Y claro, “dizque” hemos vuelto a elegir a nuestros altos jueces! Pues bien, esta “Corte del Acordeón” ha salido con la tesis de que no procede la objeción de conciencia conforme a la legislación de Morelos en temas de interrupción del embarazo y eutanasia. Mucho cuidado.

❿. Me parece que no se está llegando al fondo pro persona y pro dignitate que nuestra lucha centenaria por la libertad religiosa exige en materia de objeción de conciencia. Concluyo diciéndoles que la larga marcha continúa. Ojalá que, con la constancia y el patriotismo de El Observador, dentro de otras 1,619 entregas sigamos poniendo el énfasis en lo más sagrado, importante y propio de nuestro Estado constitucional y democrático de derecho.

Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 26 de julio de 2026 No. 1620