Por Marieli de los Ríos Uriarte*

Desde 2008 la discusión sobre la despenalización del aborto en el país ha venido cobrando fuerza y por ello no es de extrañarnos que esta semana, el lunes 6 y martes 7 de septiembre de 2021, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declararan inconstitucional la penalización del aborto en el código penal de Coahuila sentando un precedente histórico para su despenalización a nivel federal.

Muchos han sido los argumentos que desde 2008 se han esgrimido para avalar dicha despenalización. Algunos ya han quedado científicamente superados y otros aún siguen siendo controversiales. A continuación, expondré algunos de los más frecuentes con el objetivo de llegar a sus contradicciones internas y mostrar su inadmisibilidad:

PRIMERO. El embrión humano es una extensión de la madre.

La embriología ha demostrado que el cigoto conformado inmediatamente después de la penetración del gameto masculino, espermatozoide, en el gameto femenino, óvulo, contiene 46 cromosomas, 23 provenientes del gameto femenino y 23 provenientes del gameto masculino[1]. Lo anterior conlleva la consecuencia lógica de pensar en el cigoto como un organismo diferente a las células ya diferenciadas que darán lugar a los distintos órganos del cuerpo humano y diferente también a los gametos masculinos o femeninos. El cigoto es, pues un organismo NUEVO.

SEGUNDO. No toda vida humana es un ser humano.

El organismo nuevo conformado por los 23 cromosomas femeninos y 23 masculinos es un organismo perteneciente a la especie humana. Únicamente la especie humana contiene la estructura genética conformada por 46 cromosomas, ninguna otra especie está biológicamente conformada de esta manera por lo que, el nuevo organismo, en cualquiera de sus etapas de desarrollo, es un organismo perteneciente a la especie HUMANA.

En parte es cierto que no toda vida humana es un ser humano ya que, efectivamente, en su desarrollo, el nuevo organismo va diferenciándose a nivel celular para ir dando origen a los distintos tejidos y órganos corporales de tal manera que, existen células con vida pertenecientes al organismo de la especie humana que van a dar lugar a la generación de los tejidos óseos, musculares, y órganos tales como el corazón, el hígado o los pulmones; sin embargo dichas células se han DIFERENCIADO[2] con anterioridad con respecto al cigoto inicial compuesto por 46 cromosomas.

Así, las células humanas se dividen básicamente en células germinales que corresponden a los gametos masculinos y femeninos y que contienen únicamente 23 cromosomas y las células somáticas (del griego soma que significa cuerpo) conformadas por 46 cromosomas y que, a su vez, se dividen en células diferenciadas que son propiamente las que dan lugar a los tejidos nerviosos, musculares, óseos, al componente sanguíneo y a los órganos del cuerpo humano. La segunda clasificación de las células somáticas son las células madre o estaminales, también conocidas como troncales y que no están diferenciadas y pueden dar origen a otras células iguales a ellas. Se caracterizan por que son autorrenovables ilimitadamente y porque tienen la capacidad de diferenciarse para dar origen a poblaciones celulares tales como las nerviosas o las musculares. Estas últimas, las células madre se pueden dividir en cuatro tipos:

  • Totipotentes: pueden lugar a cualquier tipo de células, entre ellas un embrión.
  • Pluripotentes: pueden dar origen a casi cualquier tipo de células excepto a un embrión.
  • Multipotentes: pueden dar origen a células pertenecientes a un determinado tejido, por ejemplo, las células hematopoyéticas.
  • Unipotentes: pueden dar origen a un solo tipo de células diferenciadas, por ejemplo, células hepáticas.

Una vez hecha la clasificación anterior resulta insostenible en su totalidad decir que no toda vida humana es un ser humano con relación a los primeros estadios del desarrollo embrionario ya que, si bien es cierto que no todas las células del cuerpo humano son un ser humano en sí mismas, no lo es el hecho de que las células embrionarias que, de suyo, son células madre totipotentes, no lo sean. O se elimina del argumento la palabra “humana” cuando se habla de la vida o se admite que se están refiriendo a las etapas más avanzadas del desarrollo del cigoto en donde ya están diferenciadas las células que originarán sus diferentes tejidos u órganos. Con lo anterior, se puede deducir entonces que TODA vida humana es un SER HUMANO, no así toda célula del cuerpo humano lo es.

Desde el riguroso análisis filosófico esta afirmación contiene dos errores formales:

  • Decir que no toda vida humana es un ser humano, al ser una premisa particular negativa[3] no excluye la posibilidad de crear, a partir de ella, una proposición particular afirmativa como sería alguna vida humana es un ser humano;[4] con lo cual la relación que se establece entre ellas no es de contradicción sino de subcontrariedad con lo cual necesariamente se deberá admitir que o alguna de ellas es verdadera o ambas lo son ya que según la regla de las proposiciones subcontrarias éstas no pueden ser simultáneamente falsas pero sí verdaderas. Así, de la verdad de ambas no puede desprenderse que toda vida humana no sea un ser humano, sólo se podrá admitir que, efectivamente hay células con vida humana que no son un ser humano, pero también hay células con vida humana, tales como el cigoto que sí lo son.
  • Tomando como base los tres principios lógicos o mejor conocidos como primeros principios se puede argumentar que, decir que el cigoto humano pertenece a la especie humana pero negar que es un ser humano es romper con la lógica de los principios de contradicción que afirma que no es válido afirmar y negar el mismo sujeto al mismo predicado al mismo tiempo y bajo el mismo aspecto ya que afirman y niegan el predicado de ser humano respecto del cigoto al mismo tiempo, esto es, afirman que el cigoto tiene vida humana pero no es humano, el principio de identidad al afirmar que la vida humana es algo diferente al ser humano y el principio del tercero excluso al introducir un término medio entre la vida humana y el ser humano[5].

TERCERO. El embrión humano aún no tiene la totalidad de la información genética para llegar a término como persona.

El nuevo organismo perteneciente a la especie humana tiene un desarrollo programado, esto es, que en su ADN que le es propio y exclusivo se encuentra la totalidad de su genoma que se irá desplegando conforme el cigoto va avanzando en su desarrollo, pero YA se encuentra en el nuevo organismo toda la información genética que le corresponde por ser un individuo perteneciente a la especie humana pero único en su estructura interna.

CUARTO. El cigoto no es persona hasta que se desarrolla el tubo neural en la tercera semana.

El modo en que se da el desarrollo del cigoto es gradual, coordinado, continuo. La ciencia ha dado cuenta suficiente de que, desde el momento de la fecundación inicia un proceso gradual de conformación del nuevo organismo humano, prueba de ello es la multiplicación celular que comienza a dar origen al blastómero o mórula, después a la aparición del trofoblasto que alberga al blastocelo por un lado y por el otro al conjunto de células que comienzan a diferenciarse para dar lugar a los órganos y tejidos del cuerpo humano, llamándosele blastocisto en esta etapa y así sucesivamente hasta que se da una diferenciación total del nuevo organismo.

No existen saltos cualitativos ni cuantitativos en su desarrollo, siempre se mantiene una unicidad e individualidad que ya están dadas desde la conformación del nuevo organismo humano.

Filosóficamente, basta pensar en la teoría del acto y la potencia de Aristóteles[6] para entender que el cigoto es un embrión aunque no tenga forma humana en sus primeras etapas del desarrollo; según dicha teoría, todo lo que existe se encuentra, a la vez, en acto y potencia, lo que da lugar a un dinamismo interno de toda la materia, ahora bien, la potencia se refiere a todo aquello que, lo que es (acto) puede llegar a ser, es decir, todas las posibilidades que provienen de lo que algo es en un determinado momento, así una hoja de papel está en potencia de ser cenizas si se le prende fuego.

De la misma manera el cigoto es acto de ser cigoto pero potencia de ser embrión; ahora bien, según esta teoría, la potencia, al encontrarse ya de manera presente en el acto es YA una realidad y, por lo tanto, está ya presente en lo que es, así el cigoto al estar en potencia de ser un embrión y, posteriormente una persona humana, es YA un embrión y una persona humana, esto quiere decir que el cigoto aún en las primeras horas de su división y multiplicación celular es YA un individuo perteneciente a la especie humana, es YA un HUMANO y, por ende, es YA una persona.

Cierto es que se necesitan de las condiciones adecuadas para que la potencia se manifieste en el acto, se necesita, sobre todo, de una causa eficiente que le imprima la causa final en términos aristotélicos; sin embargo, dicha causa final no se podría dar si no existiera ya desde la causa material[7].

QUINTO. No todos los embriones llegan a término por lo que no es seguro que sean personas

Aproximadamente el 20% de los cigotos no dan lugar a un feto ya que los cigotos tienen muy distintos destinos. Pero lo anterior no resulta en un argumento válido. La imposibilidad de este radica en creer que, por el hecho de no llegar a término no se puede hablar de una persona en el sentido estricto del término. El embrión humano ES un individuo único perteneciente a la especie humana llegue o no a término. Aristóteles fue igualmente muy claro en su diferenciación entre substancia y accidentes. Según el estagirita la substancia es todo aquello que existe en sí mismo y que no necesita de otro para existir, en cambio un accidente es lo que necesita de otro para existir, así, lo accidental será aquello que se de necesariamente en una substancia[8]. Los defectos congénitos mencionados, anencefalia, enfermedades genéticas como trisomía 18 o 21 son, en efecto, accidentes en el sentido aristotélico del término, es decir, se dan en una substancia que resulta ser un cigoto conformado por 46 cromosomas y, por ello, perteneciente a la especie humana.

Los accidentes, no determinan a la substancia, no la alteran pues ella existe independientemente de éstos, así los cigotos que, por cualesquiera circunstancias no llegan a término o desarrollan defectos genéticos son en sí mismos, embriones y su afectación no queda definida en función de sus accidentes. Ciertamente existe un porcentaje de cigotos que no se desarrollan o que se desarrollan parcialmente, sin embargo, SIGUEN siendo embriones y, por ende, HUMANOS.

La substancia no se altera, permanece siempre idéntica a sí misma. El binomio esencia-existencia igualmente pensado por Aristóteles es otro ejemplo para fundamentar lo anterior. La esencia es aquello que la cosa y por, ende es universal y necesaria mientras que la existencia es aquello que le aparece a lo que es la cosa y por ello, es particular y contingente. La esencia de un embrión es ser embrión y su existencia corresponde a toda la epigenética en la cual se desarrolla y que puede o no afectar su existencia más no su esencia.

SEXTO. La mujer tiene de derecho a decidir sobre su cuerpo.

Uno de los puntos más álgidos en la discusión entre los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es el referente a los derechos de la mujer. Ante esto hay que decir que ningún derecho puede serlo desvirtuando otros. Un derecho, para ser tal requiere de un sujeto que lo reclame y para reclamarlo necesita de la condición indispensable de su vida, es decir, necesita estar vivo para reclamar su derecho así, cualquier derecho que vaya en contra de la condición sine qua non los derechos son tales, no deberá ser considerado como ello.

Así, el derecho a la libertad de elección por parte de la mujer embarazada no puede serlo mientras elimine el derecho a la vida de otro ser humano. La libertad para ejercerse necesita de la vida; ningún ser muerto ejerce ya su libertad, por lo tanto, el valor que antecede a la libertad es la vida; ahora bien, esta vida no se considera en forma personal sino en forma comunitaria, es decir, al hablar de la vida, ésta incluye la vida de todos los que gozamos de ella y entonces quedará sujeta la libertad individual a la vida como plano biológico compartido por todos los individuos y por todas las especies.

En el cigoto hay vida y vida específicamente humana por lo que nadie tendrá derecho a intervenir sobre esa vida tomando como base de su acción la defensa del derecho a ejercer su libertad ya que, de hacerlo, ésta estaría violando la condición primera de cualquier derecho que es la vida.

Resulta pues contradictorio el uso de la libertad en contra de la vida pues para que exista la primera se requiere necesariamente de la segunda.

SÉPTIMO. El embrión no es persona.

Un último punto que hay que debatir es el concerniente al entendido de persona. Pareciera a veces que para hablar de personas es necesario que éstas hayan ya nacido y nacido vivas y sin defectos congénitos; de esta manera proclaman que se es persona en el momento en que se nace y sólo entonces se es sujeto de derechos y obligaciones.

¿Qué trae consigo el nacimiento que hace pensar que sólo entonces se es persona? ¿Será acaso que el bebé nacido vivo comienza a usar su razón, o quizá que comienza a interactuar socialmente, o que es capaz de reconocer sus límites dentro del cuerpo social donde queda inserto?

Ante la ambigüedad anterior que no queda resuelta por quienes se pronuncian a su favor, sólo queda decir que el concepto de persona trasciende cualquier consideración de esta en función del uso expreso y manifiesto de su racionalidad, de su utilidad social o de su productividad[9] y la razón por la que los trasciende es porque va más allá de la expresión corporal, tomando como base que el cuerpo es principio de instrumentalidad. Cierto es que no se ha podido comprobar científicamente la existencia de un principio espiritual en el ser humano, pero también es cierto que no se ha podido desmentir.

Con lo anterior, se invita a quienes piensan que la persona comienza en el momento en que nace a que comprueben que antes de dicho momento no lo era; el término de persona es un término, sin lugar a duda, ambiguo pero su ambigüedad no debe dar pie a su deformación interpretativa provocada, en su mayoría, por la carencia de bases gnoseológicas en las distintas ramas que conforman a la Bioética.

La ausencia de conocimientos filosóficos, jurídicos y médicos provocan que se argumente en contra del reconocimiento del embrión como tal, es decir, un organismo nuevo, único en su ADN, perteneciente a la especie humana y con un desarrollo organizado, continuo y gradual. Apena profundamente que se promuevan juicios y argumentos carentes de bases profundas y de una reflexión seria y sistemática.

 “Se necesita valor para reconocer lo que es evidente, pero humildad para reconocer lo que no lo es”.

[1] Recuérdese aquí que todas las células del cuerpo humano contienen en sí mismas 46 cromosomas excepto los gametos femenino y masculino que contienen 23 cromosomas y que, por ello, son las únicas células que pueden dar origen a un nuevo organismo con un ADN único conformado por los 46 cromosomas propios de la especie humana.

[2] Es cierto que dichas células pueden ser desdiferenciadas como quedó de manifiesto en la clonación de la oveja Dolly, sin embargo, dicho proceso conlleva una acción externa y ajena al decurso natural del desarrollo celular en las diferentes etapas del crecimiento embrionario.

[3] En la Lógica clásica diríamos que es una proposición tipo “O”.

[4] Proposición tipo “I” en la lógica clásica.

[5] Cabe destacar el poco o nulo consenso que existe entre quienes introducen un estadio intermedio entre la vida y el ser humanos ya que, no afirman cuál es dicho punto, algunos afirman que es la aparición de los estímulos sensitivos, otros la aparición de la estría primitiva y algunos otros la evidencia de conexiones neuronales dadas por la actividad cerebral en pleno funcionamiento, esto es cuando está del todo constituido el cerebro humano.

[6] Cfr. Aristóteles, Metafísica. Libro IX (Theta), Fragmentos 5-15.

[7] Adviértase aquí la diferencia que establece Aristóteles respecto de la potencia activa y la potencia pasiva que queda manifestado, de igual manera en el libro IX (Theta) de su obra Metafísica.

[8] Adviértase, para mayor claridad, los nueve accidentes que menciona el filósofo en su Metafísica.

[9] Estas consideraciones son accidentales, recuérdese lo que ya se ha escrito anteriormente con respecto a los accidentes aristotélicos.

 

* Doctora en Filosofía por la Universidad Iberoamericana. Maestra en Bioética por la Universidad Anáhuac México Norte. Licenciada en Filosofía por la Universidad Iberoamericana. Técnico en Atención Médica Prehospitalaria por SUUMA A.C. Scholar research de la Cátedra UNESCO en Bioética y Derechos Humanos. Miembro de la Academia Nacional Mexicana de Bioética. Miembro y Secretaria general de la Academia Mexicana para el Diálogo Ciencia-Fe.

Ha impartido clases en niveles licenciatura y posgrado en diversas Universidades. Cuenta con publicaciones en revistas académicas y de divulgación tanto nacionales como internacionales y es columnista invitado del periódico REFORMA.

Actualmente es profesora y titular de la Cátedra de Bioética Clínica de la Facultad de Bioética de la Universidad Anáhuac.

Imagen de Julio cesar costa Megament en Pixabay

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