Por Mario De Gasperín Gasperín, obispo emérito de Querétaro

La dignidad infinita de que está adornada la persona humana en cualquier estado o situación particular en que se encuentre, reclama necesariamente una serie de relaciones, tanto con Dios como con el prójimo y con la creación entera, conformes todas ellas con su naturaleza y destino. Su desarrollo coherente constituye una sana moral y una vida digna del ser humano. Los pueblos acostumbran crear reglamentos y códigos de conducta, que señalen todas estas relaciones, de modo que ordenen y faciliten la vida comunitaria y personal.

De lo mejor de su experiencia con los pueblos vecinos, Israel escogió un “decálogo” que, asumido por Dios y perfeccionado en el Sinaí, se lo dio como timbre de gloria y medio de supervivencia para no retornar a la “casa de la servidumbre”, del faraón.

Este “Decálogo”, perfeccionado después por Cristo en las Bienaventuranzas, sigue vigente en su Evangelio. Esta es la “Ley” de conducta y vida feliz que Dios ofrece, por Cristo y mediante su Iglesia, a la humanidad.

Su larga existencia no sólo ha permitido a la humanidad su subsistencia, sino que mantiene su vigor de “Ley Moral Fundamental” para que, observándola, podamos pensar en una vida digna y en un futuro mejor. Es cuestión de “vida o muerte” para la humanidad, y remedio contra los faraones.

La Pontificia Comisión Bíblica nos ofrece, en un Decálogo aggiornato, los valores fundamentales que servirán para conocer, con mayor exigencia y verdad, el fundamento de los “Derechos Humanos” valederos para toda la humanidad. Los transcribimos:

1° Derecho a una relación religiosa con Dios.

2° Derecho al respeto a las creencias y símbolos religiosos.

3° Derecho a la libertad de la práctica religiosa, al descanso y al tiempo libre.

4° Derecho de las familias a políticas justas y favorables, de los hijos a su sostenimiento, educación, socialización, y de los padres ancianos a su sostenimiento por parte de sus hijos.

5° Derecho a la vida (nacer), respeto a la vida (crecer, morir de muerte natural), a la educación.

6° Derecho de la persona a la libre elección del cónyuge; de la pareja al respeto, desarrollo y sostenimiento de parte del Estado y de la sociedad en general, y de los hijos a la estabilidad emocional de sus padres.

7° Derecho al respeto de las libertades civiles: integridad corporal, elección de vida, de profesión, de movimiento y de expresión.

8° Derecho a la reputación, a la vida privada y a una información no deformada.

9° Derecho a la seguridad y a la tranquilidad doméstica y profesional y a la libre empresa.

10° Derecho a la propiedad privada con garantía de protección civil de los bienes materiales.

(Biblia y Moral, Pág 41).

Nos advierte la Comisión Pontificia: “En la óptica de una moral revelada estos Derechos Humanos inalienables están absolutamente subordinados al derecho divino, es decir, a la soberanía universal de Dios, pues el Decálogo comienza así: “Yo soy el Señor tu Dios, que te sacó del país de Egipto (Ex 20, 2)”.

Los católicos, en el Credo confesamos que Jesús resucitado vendrá “de nuevo con gloria para juzgar a vivos y muertos”, pues a Él le pertenecemos. Somos su imagen, fundamento de todos los Derechos Humanos. Y sólo Dios puede confrontar nuestra imagen final con la suya y dictar un veredicto justiciero y salvador.

El ateísmo redivivo que nos amenaza con un “humanismo” a la carta, sólo logrará imponer, como hasta ahora, un “moralismo” intransigente, incapaz de impartir justicia y verdad. Mucho menos de crear felicidad.

 

Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 1 de septiembre de 2024 No. 1521

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