▶ Existe una profunda conexión entre democracia y cristianismo.

▶ La difusión de la democracia como modelo dominante puede llevar al error de verla como si fuera un valor absoluto, cuando en realidad su valor es relativo pues depende de su utilidad.

▶ La democracia ni puede anteponerse al contenido que ha de preservar —o sea a la dignidad y a la libertad de las personas—, ni tampoco debe minimizar sus deficiencias situándose, como algo intocable, por encima de ellas.

▶ La democracia no está exenta de corrupción, ni es antídoto de todos los abusos o vicios del poder.

▶ La religión, por su parte, porque está directamente conectada con el hombre y su destino, se sitúa en una esfera más amplia que la del Estado, por lo que ella sí puede aspirar legítimamente a ser una respuesta plena a las aspiraciones del corazón humano. Pero ello no significa que la religión menosprecie las estructuras mundanas; al contrario, reafirma la autoridad civil y, además, moralmente le facilita medios para alcanzar sus legítimos objetivos de prosperidad y justicia.

▶ En cualquier organización política, incluida la democracia, puede ocurrir que «los hombres se crean en posesión del secreto de una organización social perfecta que haga imposible el mal», y que entonces piensen también «que pueden usar todos los medios, incluso la violencia o la mentira, para realizarla» (Centesimus annus)

▶ La función de la democracia debe ser formalizar la voluntad institucional, apoyada en el querer de la mayoría, pero preservando a las minorías. El desvelo por las minorías debe ayudar a configurar el «bien común» concreto. Pero, ¡ojo!, hablamos de un «bien», no de meros caprichos o preferencias subjetivas.

▶ Stuart Mill, en su obra Sobre la libertad, consideraciones sobre un gobierno representativo (1859), hacía notar que «la disposición de los hombres, sea como soberanos, sea como conciudadanos, a imponer a los demás como regla de conducta su opinión y sus gustos, se halla tan enérgicamente sustentada… que casi nunca se contiene más que por faltarle poder». Por ello es necesario que el poder esté limitado.

▶ Por ello en la democracia hacen falta límites, como es la división de poderes. Sin embargo, las «democracias avanzadas» encierran un peligro de exceso de protagonismo: sus abultados presupuestos y dispersos tentáculos burocráticos asfixian la autonomía de las entidades intermedias e imposibilitan su independencia; y tampoco son víctimas de él la familia, la escuela, las instituciones religiosas y los medios de comunicación.

▶ El exceso más característico de la democracia, como forma de gobierno, está en una viciosa relación con los ciudadanos, en la que ellos mismos consientan renunciar a sus responsabilidades. Se crea así una dictadura bajo apariencias e instituciones democráticas.

▶ Se advierte una tendencia de las democracias occidentales hacia el fundamentalismo, al grado de creerse con el derecho e incluso con el deber sagrado de imponer sus convicciones a toda la sociedad. Este tipo de democracia fundamentalista es la que, usurpando la categoría de bien absoluto, prohíbe hasta cuestiones que son verdadero patrimonio cultural sólo por haber nacido con un trasfondo religioso, como, por ejemplo,  los crucifijos en lugares públicos o determinadas procesiones o peregrinaciones.

▶ De este modo  el gobierno, en lugar de ser laico, se hace laicista, por lo que deja de respetar el verdadero pluralismo, y en particular comienza a negar la utilidad de  la religión, pues la tiene por nociva. Con ello cierra la vía al intercambio enriquecedor.

▶ La religiones comparten la convicción de que ninguna autoridad humana tiene poder absoluto sobre el hombre, que el Estado «no gobierna hombres sino que administra asuntos», los negocios públicos del país. Esta visión religiosa ayuda entonces a establecer un límite al poder político.

▶ La funcionalidad de la religión, como factor de equilibrio ante la política, está en relación directa con su independencia y su consistencia.  Sin embargo, el islam, las religiones ortodoxas y las protestantes han sido históricamente  muy dependientes de las estructuras temporales, por eso tienen una capacidad de oposición y contraste mermado; no así la Iglesia católica debido a su  universalidad e independencia.

▶ Pero de manera general puede decirse que todas las religiones cristianas, y otras más, ofrecen al mundo —y, por tanto, también a los sistemas políticos— «las comunes convicciones acerca de la dignidad del hombre, creado por Dios» (Sollicitudo rei socialis).

▶ Sin embargo, la modernidad se ha opuesto al cristianismo, buscando la secularización de la sociedad, tratando de ignorar que la civilización occidental debe su construcción a la herencia cristiana. De este modo ocurre lo que describiera Chesterton: «Pudiéramos decir que el mundo moderno está poblado por las viejas virtudes cristianas que se han vuelto locas. Y se han vuelto locas, de sentirse aisladas y de verse vagando a solas».

▶ Aunque con frecuencia se diga lo contrario, el cristianismo no  compite con las estructuras políticas, sino que fomenta otra ciudadanía más alta. El ideal del cristianismo pide de la religión que sea religión, sin contaminaciones.

▶ Alexis de Tocqueville, político y liberal francés del siglo XIX, reconocía la labor coadyuvante del cristianismo en la construcción de una sana democracia: «El cristianismo, aun cuando exige la obediencia pasiva en materia de dogma, es, no obstante, de todas las doctrinas religiosas, la más favorable a la libertad, porque no se dirige nunca más que a la conciencia y al corazón de los que quiere someter. No hay religión que haya desdeñado tanto el empleo de la fuerza material como la religión de Jesús».

Además «el cristianismo […], dado el principio de la libertad —’la verdad os hará libres’— y la igualdad de todos los hombres ante Dios, favorece, si no la impulsa, la tendencia al estado democrático de la sociedad».

▶ En conclusión, el problema de la democracia en relación con el cristianismo surge cuando de la democracia se hace una religión.

Ideas tomadas del libro «Democracia y Religión: la aportación del cristianismo», de  José Mª Martí, profesor titular de derecho eclesiástico, Facultad de Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha.

 

 

Publicado en la edición impresa de El Observador 8 de abril de 2018 No.1187

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