Por Tomás de Híjar Ornelas, Pbro.

Si uno contempla el conjunto de parroquias, se concluye que realmente no son lugares de participación integral. Son pequeños reinos con un párroco rey que hace y deshace según su voluntad.
Fernando Vidal

El ambiente de protección a favor de clérigos o religiosos abusadores sexuales es el absceso de un problema más grave, el clericalismo, tan denunciado por el Papa Francisco y su cuna son las parroquias.

Para «desprogramarlo» allí, el sociólogo Fernando Vidal propone un decálogo que comienza por exhibir que tal problema se arrastra desde la fábrica, toda vez que, según él, «la formación del clero incluye la idea de que son los monarcas de la parroquia».

El punto de arranque de su decálogo respeta la lógica y el paradigma de la Misión compartida, según la cual el laicado comparte de forma plena «toda la Misión de la Iglesia, tanto en la ejecución como en su discernimiento y las decisiones que apareja».

Su plan operativo para desmantelar el clericalismo en las parroquias consta de estos diez elementos:

▶ Asambleas parroquiales de discernimiento. Su función específica es la de ser el principal órgano de una comunidad y su encomienda la de facilitar entre todas las personas «procesos auténticamente espirituales, fraternales y eclesiales».

▶ Un comité de evaluación parroquial compuesto por un equipo pequeño y permanente de laicos con la sola tarea de atender y evaluar de forma pública la implementación del plan parroquial.

▶ Consultar a la gente, siempre y cuando se tenga claro «cómo se consulta y a quién», «sobre qué y cómo se pregunta», de modo que la consulta sea una herramienta apropiada y pública para garantizar «la pluralidad e inclusión de los consultados».

▶ Tener un comité de garantías con «tres personas laicas de probada reputación y sabiduría en la parroquia» y la responsabilidad de «recibir peticiones o consultas en caso de conflicto entre el párroco y feligreses». Sus integrantes han de tener nociones básicas de Derecho Canónico y la posibilidad de ser interlocutores directos con el vicario episcopal y estar a salvo de encubrir abusos de conciencia o de autoridad.

▶ Diferenciar las cuatro funciones de presidir, regir, gobernar y dirigir. Que el párroco presida y rija una parroquia como delegado episcopal no significa que el ejercicio del gobierno y de la dirección sea suyo o de él dimane; por el contrario, unir a su oficio todas esas funciones lo desborda, lo hunde en el activismo y confunde su ministerio. «Quien gobierna es el consejo pastoral de cada parroquia», de lo cual surge la necesidad de un

▶ Director o coordinador de pastoral, cabeza de un equipo de dirección de la pastoral, al que toca implementar las acciones apostólicas de los diversos sectores, distinto al Consejo Pastoral –con ejercicio de gobierno en la parroquia–, por lo cual uno y otro órgano se ha de integrar con personas distintas.

▶ Consejo pastoral trienal. Cúspide de lo hasta aquí esbozado, «re- presenta a la comunidad parroquial mientras no está reunida en asamblea» y lo componen miembros «conocidos y reconocidos» entre la totalidad de los intereses de la parroquia.

▶ Parlamento joven o consejo juvenil parroquial permanente.

▶ Grupos de vida cristiana para los curas, donde más allá de sus propios correligionarios éstos tengan el ambiente humano para compartir su experiencia de vida, discernir sus elecciones y profundizar en la fraternidad.

▶ Formación del clero. La diversidad laical ha de involucrarse y ser tomada en cuenta tanto en la formación eclesiástica de los seminarios como en las experiencias prácticas de inserción de los seminaristas en las comunidades parroquiales, para que «atendiendo a diversos aspectos de su formación» estos conozcan «íntima y vivencialmente la pluralidad de comunidades y grupos» que hay en ellas.

Publicado en la edición impresa de El Observador del 24 de febrero de 2019 No.1233

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