El ayuno es un ejercicio espiritual señalado por Dios desde el Antiguo Testamento. En el Nuevo Testamento Jesús no llega a abrogarlo, pero sí lo purifica de las costumbres incorrectas: «Cuando ayunéis, no pongáis cara triste, como los hipócritas, que desfiguran su rostro para que los hombres vean que ayunan… Tú, en cambio, cuando ayunes, perfuma tu cabeza y lava tu rostro, para que tu ayuno sea visto, no por los hombres, sino por tu Padre…» (Mt 6, 16-18)

En otra ocasión, «se le acercaron los discípulos de Juan [el Bautista] y le dijeron: ‘¿Por qué nosotros y los fariseos ayunamos, y tus discípulos no ayunan?’. Jesús les dijo: ‘¿Pueden acaso los invitados a la boda ponerse tristes mientras el novio está con ellos? Días vendrán en que les será arrebatado el novio; entonces ayunarán’» (Mt 9, 14-15). El ayuno, pues, no puede desaparecer sino que debe continuar vigente entre los cristianos hasta la Segunda Venida de Cristo.

La razón por la que hoy se rechaza tanto el ayuno es porque no se le ve sentido; y mientras éste no se comprenda, seguirá habiendo resistencia para su realización.

Camino hacia la libertad y la santidad

Dios ha enseñado el ayuno como herramienta para traer libertad interior. El Señor lo explicó de la forma más clara cuando sus discípulos le llevaron a un muchacho endemoniado al que no lograron exorcizar, y, después de que Él expulsó al espíritu, sus discípulos le preguntaron en privado por qué ellos no lo habían logrado; Jesús les contestó: «Esta clase de demonios no sale sino a fuerza de oración y de ayuno» (Mc 9, 29).

La enseñanza divina es que el ayuno es tan necesario como la oración.

Y si la práctica del ayuno puede causar tal fortaleza, al grado de que los espíritus malignos se ven tan debilitados que en una posesión pueden ser expulsados, qué no podrá lograrse ayunando en otras circunstancias.

Se puede ayunar cuando hay una necesidad apremiante, por ejemplo, cuando la vida de alguien está en peligro, o cuando se requiera de un milagro; pero igual de importante es ayunar para liberarse de toda clase de ataduras espirituales; para, ahora sí, vencer esos pecados reiterativos que tenemos que repetir como grabadora cada vez que vamos al confesionario; o simplemente para tratar de avanzar en santidad.

¿Cuando ayunar?

El Catecismo de la Iglesia Católica recuerda el mandamiento de «ayunar y abstenerse de comer carne cuando lo manda la Santa Madre Iglesia», ya que estas prácticas de penitencia «nos preparan… para adquirir el dominio sobre nuestros instintos, y la libertad del corazón»(n. 2043). ¿Y cuándo lo manda la Iglesia? De acuerdo con el Código de Derecho Canónico:

  • Son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de Cuaresma (canon 1250).
  • Son días de abstinencia de carne todos los viernes del año, a no ser que coincidan con una solemnidad (canon 1251).
  • Son días de abstinencia y ayuno el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo (canon 1251).
  • La ley de la abstinencia obliga a quienes han cumplido 14 años; la del ayuno, a todos los mayores de edad (18 años), hasta que hayan cumplido 59 años (canon 1252).
  • No obstante, la conferencia episcopal puede determinar con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia, así como sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia (canon 1253).

Al menos desde los años 80 del siglo XX ha surgido entre algunos fieles el despertar de las prácticas penitenciales, incluido el ayuno. Entre estas personas es común hacer ayuno todos los días viernes del año, excepto si es Navidad u otro día festivo. Y algunos han rescatado la antigua práctica cristiana de ayunar dos veces por semana: los miércoles y los viernes.

¿Cómo ayunar?

El Código de Derecho Canónico explica que el ayuno que prescribe la Iglesia consiste en hacer una sola comida al día; sin embargo, que, si se quiere, se puede agregar un desayuno y una merienda siempre y cuando sean muy pequeños y sencillos.

Hay gente que, debido a su empleo o a su salud tiene dificultades para hacer ayunos frecuentes; por ello intentan mortificarse de alguna otra forma, por ejemplo, comiendo sus alimentos sin nada de sal todos los días viernes.

Los que sí pueden ayunar, con frecuencia optan por el ayuno a pan y agua. Y otros más por el ayuno absoluto, sin nada de pan ni agua, mientras unos más sí beben agua pero no comen cosa alguna.

(D.R.G.B.)

Normas complementarias de la Conferencia del Episcopado Mexicano al Código de Derecho Canónico

  1. Todos los fieles deben conformarse al uso general de la Iglesia, absteniéndose de consumir carnes todos los viernes del año que no coincidan con una solemnidad, y a observar el ayuno y la abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo, haciendo sólo una comida fuerte durante el día. (canon 1251)
  2. Se recuerda que el ayuno del Miércoles de Ceniza y del Viernes Santo obliga tal como lo prescribe el canon.

Esta Conferencia Episcopal, haciendo suya la prescripción del Código, acepta que la obligación del ayuno comienza a los 18 años cumplidos y termina a los 59 cumplidos.

Se recuerda, además, que la abstinencia es obligatoria desde los 14 años cumplidos. (canon 1252)

  1. La CEM, consciente de la situación de pobreza en que viven muchos sectores de los fieles, y dado que nuestra cultura admite otros signos más adecuados de penitencia, dispone que se pueda suplir la abstinencia tradicional de carne (excepción hecha del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo):
  2. a) Por la abstinencia de aquellos alimentos que para cada uno sean de especial agrado, o por la materia, o por el modo de su confección;
  3. b) o por una especial obra de caridad;
  4. c) o por una especial obra de piedad;
  5. d) o por otro significativo sacrificio voluntario.

(Canon 1253)

TEMA DE LA SEMANA: Cuaresma 2020: vaciarnos de mundanidad

Publicado en la edición impresa de El Observador del 23 de febrero de 2020 No.1284

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