¿Qué tienen que hacer las personas que perciben la presencia de personas muertas?

▶ Así como hay personas sensibles a la música de un modo extraordinario, o personas sensibles a curar a otros aun sin haber estudiado, usando yerbas, igualmente existe la capacidad natural de sentir el mundo sobrenatural. Hace poco vino un señor de la tercera edad que tiene esa capacidad.

Cuando alguien está en una situación así, hay que hablar con un sacerdote, normalmente un párroco, para que le ayude a distinguir si es una capacidad natural, si es imaginación o si tiene una enfermedad de su cerebro o de su psicología.

Después de discernir sobre las distintas apariciones, yo las llevo con un psiquiatra para saber si están sanas, y entonces ya puedo decir si esa persona tiene no sólo una capacidad natural sino que puede ser un carisma del Espíritu Santo.

Para que venga el carisma tienen que hacer la renovación de sus sacramentos: Bautismo, Confirmación y Eucaristía, y entonces recibir ese carisma del Espíritu Santo. De otra manera, si tienen ese don natural y no lo consagran a Dios se pueden convertir en curanderos, hechiceros, brujos o adivinadores porque el demonio les pide esa capacidad.

¿Cuál es la diferencia entre quienes tienen el carisma y los que hacen sesiones para invocar a un difunto?

▶ Las ánimas del Purgatorio vienen siempre y cuando Dios les dé permiso de hacerse visibles, sentirse o ser escuchadas por la Iglesia Militante. Ningún ánima del Purgatorio puede comunicarse con la Iglesia Militante sin un permiso de Dios; así que eso no depende del vidente sino de un favor divino.

En cambio los espiritistas o espiritualistas hacen lo contrario de lo que Dios prohibió desde el Antiguo Testamento: Él llamó a no invocar a los muertos. Pero no son los muertos los que responden sino espíritus malignos que engañan; un espíritu que dice que es fulano de tal, en realidad es un demonio.

TEMA DE LA SEMANA: EL PURGATORIO EXISTE Y HAY QUIEN LO HA VISTO

Publicado en la edición semanal impresa de El Observador del 30 de agosto de 2020. No. 1312

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